El Congreso de la República publicó hoy en el diario oficial
“El Peruano” la ley que amplía de 2 a 15 años el plazo de prescripción para
reclamar derechos derivados de juicios por alimentos, a fin de proteger el
derecho de los menores a recibir una manutención de sus padres. La Ley N° 30179
modifica el inciso 4 y adiciona el inciso 5 al artículo 2001 del Código Civil.
Al modificarse el inciso 4 se establece que los plazos de
prescripción prescriben, salvo disposición diversa de la ley, a los dos años la
acción de anulabilidad, la acción revocatoria, la acción indemnizatoria por
responsabilidad extracontractual y la que corresponda contra los representantes
de incapaces derivadas del ejercicio del cargo.
Asimismo, se adiciona el inciso 5, disponiéndose que el
plazo de prescripción prescribe a los quince años, cuando la acción proviene de
pensión alimenticia.
La norma lleva la rúbrica del Presidente del Congreso,
Freddy Otárola Peñaranda; y del Vicepresidente del Parlamento, Luis Iberico
Núñez.
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