El Pleno del Congreso de la República aprobó hoy la nueva
Ley Universitaria con 56 votos a favor, 46 en contra y 3 abstenciones. Esta
iniciativa, promovida por el congresista Daniel Mora y que espera la
promulgación del Poder Ejecutivo para entrar en vigencia (según ley son 15
días), plantea una reforma sustancial en el sistema educativo superior del
país. Aquí te resumimos algunos puntos claves.
LA CREACIÓN DE LA SUNEU
A pedido del Ejecutivo, al proyecto de la ley universitaria
se agregó la creación de la la Superintendencia Nacional de Educación
Universitaria (Suneu). Esta entidad, adscrita al Ministerio de Educación,
supervisará la calidad de la educación, fiscalizará el uso de los recursos de
las universidades y será la encargada de aprobar o denegar sus licencias.
El Consejo Directivo de la Suneu estará conformado por el
superintendente, un representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación (Concytec) y cinco miembros seleccionados mediante concurso público
por un periodo de cinco años. Dos de ellos serán docentes de universidades
público y uno de privada.
Respecto al superintendente, máxima autoridad ejecutiva de
la Suneu, este será designado a propuesta del Ministerio de Educación por un
periodo de tres años, que puede ser renovado.
Este organismo, cabe recordar, reemplazará instituciones
como la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) y al Consejo Nacional para la
Autorización de Funcionamiento de Universidades (Conafu).
LICENCIAS PARA NUEVAS UNIVERSIDADES
Esta nueva ley establece como requisitos básicos para
otorgar el licenciamiento de las universidades, en primer lugar, la existencia
de objetivos académicos, grados y títulos a otorgar y planes de estudios.
Otro requisito es contar con infraestructura y equipamiento
adecuados para el cumplimiento de sus funciones, como bibliotecas y
laboratorios, entre otros. También se destaca que estos centros deberán
desarrollar líneas de investigación. Asimismo, deben de tener los mecanismos de
mediación e inserción laboral; es decir, una bolsa de trabajo.
Ley Universitaria: Todo lo que debes saber sobre esta norma
TESIS OBLIGATORIA
En este punto el proyecto señala que para otorgar al grado
de bachiller, el alumno requiere "haber aprobado los estudios de pregrado,
así como la aprobación de un trabajo de investigación y el conocimiento de un
idioma extranjero, de preferencia el inglés". Es decir, se elimina el
bachiller automático.
Respecto al título profesional, se establece que "se
requiere el grado de bachiller y la aprobación de una tesis o trabajo de
suficiencia profesional. Las universidades acreditadas pueden establecer
modalidades adicionales a estas últimas".
En el caso de grado de maestro, los requisitos son el grado
de bachiller, la elaboración de una tesis o trabajo de investigación, haber
aprobado los estudios de una duración mínima de dos semestres académicos y el
dominio de un idioma extranjero.
Sobre el título de doctor, se debe contar con el grado de
maestro, la aprobación de los estudios respectivos con una duración mínima de
seis semestres académicos y "una tesis de máxima rigurosidad académica y
de carácter original, así como el dominio de dos idiomas
extranjeros".
REQUISITOS PARA LA DOCENCIA
La ley aprobada hoy por el Pleno propone que los docentes
universitarios, para ejercer su función, deberán contar con los siguientes
requisitos: grado de maestro para la formación en nivel de pregrado, grado de
maestro o doctor para maestrías y programas de especialización, y el grado de
doctor para ejercer la docencia a nivel de doctorado.
El documento añade que "el periodo de nombramiento de los profesores ordinarios es de tres años
para los profesores auxiliares, cinco para los asociados y siete para los
principales. Al vencimiento de dicho periodo, los profesores son ratificados,
promovidos o separados de la docencia".